¡He de tramitar el paro!

11. mayo 2009 · Categoría: Info útil, Xen

 Este es el artículo 2 de 9 de la serie: Guía de Ayuda para desempleados

Es un hecho comentado por todos los medios que los parados en España crecen día a día. ¡Hemos alcanzado la cifra de 4 millones de personas en el paro y esto va en aumento! ¿Pero qué pasa cuando somos nosotros los que nos encontramos en esa situación? ¿Sabemos lo qué debemos hacer? En este artículo, trataré de facilitaros la información necesaria para tramitar el paro.

¿Cuándo tenemos derecho a paro?

Cuando hemos sido despedidos o hemos finalizado el contrato. Hay contratos, como el Contrato para la Formación (código 421) que no cotizan en desempleo y su finalización no permite cobrar paro.

Es importante conocer que, en caso que hayamos causado una baja voluntaria en la empresa y no haber trabajado después un mínimo de 3 meses en otra empresa, cotizando en la seguridad social, tampoco tendremos derecho a paro.

¿Qué requerimos para acceder a la prestación?

– Estar en situación legal de paro. Es decir, haber causado baja (por despido o finalización de contrato) en la empresa.
– Estar afiliado a la Seguridad Social.
– Haber cotizado un mínimo de 360 días, en los últimos 6 años.

¿Dónde tramitar el paro?

La prestación por desempleo se solicita en el Servicio Público de Empleo Estatal (o la O.T.G. si vivís en Cataluña) según os corresponda por distrito postal.

En la misma web también nos facilitan unas guías  informativas, claras y sencillas sobre la solicitud de la prestación por desempleo y otros tipos de solicitudes y trámites.

El primer trámite que deberéis hacer en el INEM es inscribiros como demandantes de empleo, en la misma oficina, para después proceder a solicitar la prestación.

¿Qué documentos se requieren para tramitar el paro?

– El documento de solicitud de prestación contributiva. Necesitaréis llevar 2 copias.

– El DNI para los trabajadores de nacionalidad española y pasaporte o tarjeta de identidad para trabajadores extranjeros.

Certificado de empresa, que os de facilitar la compañía o compañías en las que habéis trabajado los últimos 6 meses.

– En caso de tener hijos a cargo, el libro de familia o documento equivalente en caso de extranjeros.

– También os pueden requerir otros documentos como los TC2 en caso que la empresa en la que trabajarais no estuviera integrada en el sistema de Remisión Electrónica de Documentos (RED) de la Tesorería General de la Seguridad Social. En caso de requerirlo, os informaran en el momento de hacer el trámite de solicitud de la prestación y tendréis que reclamarlo a la empresa o empresas en las que hayáis trabajado los últimos 6 meses.

¿Cómo calcular la duración de la prestación?

En general se calcula que corresponden 4 meses de paro por año trabajado. Pero a continuación os adjunto la tabla oficial:

¿Cuánto se cobrará de la prestación?

La cuantía dependerá de cuál haya sido nuestra cotización durante los últimos 6 meses. Para calcularlo debéis hacer el promedio del total de bases de cotización por contingencias comunes de los últimos 6 meses (esta información la podéis extraer de vuestras nóminas). Los primeros 6 meses cobraréis el 70% del importe que nos salga y a partir del 7º mes, el 60%.

Por ejemplo, si la media de bases por contingencias comunes de los últimos 6 meses son 1000€, los 6 primeros meses cobraré 700€ y a partir del 7º 600€.

Además el importe estará dentro de las bases mínimas y máximas establecidas por el Estado, que para 2009 son:

Os informaran del importe cuando vayáis a hacer el trámite, pero en cualquier caso también podéis calcularlo en simulador.

Finalmente, sea el que sea el importe a percibir, debéis tener en cuenta que lo cobraréis a mes vencido, es decir el día 10 del siguiente mes al que corresponde el importe (p.e.: el sueldo de mayo se cobraría el 10 de junio).

La totalidad de la prestación se puede capitalizar, es decir, se puede cobrar al 100% de una vez en caso de querer montar un negocio por nuestra cuenta.

¿Qué seguimiento debemos hacer?

Al habernos inscrito como demandantes de empleo, debemos “ficharcada tres meses para renovar esta demanda y seguir percibiendo la prestación. Para los residentes en Cataluña, ahora también se puede hacer esta renovación por internet y sin necesidad de presentarse en la O.T.G.

Otros consejos:

Estar puntual en la oficina del Inem a su apertura. Se hacen largas colas y hay que coger número. Para no tener que esperar durante horas o tener que volver otro día, lo recomendable es estar en la puerta cuando abran, generalmente las 08:15h.

– En caso de dudas, informaros por la web del INEM o en el telf. 901 11 99 99.

– No podréis iniciar el trámite en la oficina del Inem hasta que no hayan transcurrido los días de vacaciones que teníamos pendientes y que nos han pagado en el finiquito. En el certificado de empresa podréis confirmar de cuántos días se trata.

– Mientras se está en paro, no podemos irnos de viaje si no nos lo autorizan en el Inem, ya que supuestamente al cobrar el paro estamos trabajando para el Estado. En caso de querer hacer vacaciones, debemos solicitarlo para que nos lo autoricen.

– Para los trabajadores pertenecientes a regímenes diferentes del Régimen General, que es el mayoritario, la información de este artículo puede variar ostensiblemente, así que os recomiendo que os informéis en el telf. 901 11 99 99 .

– Y, finalmente, recomendaros que os mantengáis activos y miréis de aprovechar los cursos formativos y gratuitos que ofrece el INEM.

Confío que no tengáis que realizar estos trámites, pero en caso de hacerlo, espero que esta información os sea de utilidad.

Fdo. Xen





94 Comentarios
  1. #1 • rulramirez escribió el 18.05.2009 diciendo:
     

    Xen, aunque estabas de camuflaje enviándome recomendaciones, sugerencias, etc. Por fin podemos leer tus cosillas en vivo y en directo!
    Bienvenida a la família Aulua y gracias por colaborar con nosotros!
    Petons.

  2. #2 • Xen escribió el 20.05.2009 diciendo:
     

    Un gran placer participar en Aulua!

  3. #3 • EMILIANO escribió el 20.05.2009 diciendo:
     

    Hola, quisiera saber si una persona que solicita una excedencia por cuidado de hijo durante un año, a continuacion trabaja un mes a media jornada, termina el contrato, tiene derecho a paro, gracias.

  4. #4 • Xen escribió el 22.05.2009 diciendo:
     

    Hola Emiliano,

    Voy a intentar responderte a tu consulta, aunque me faltan datos.

    Entiendo que el trabajo de un mes es en la misma empresa en la que realizas la excedencia, no? En ese caso y si dejas de trabajar por finalización de contrato o despido, y no por una baja voluntaria, tienes derecho a paro. Siempre y cuando hayas cotizado 360 días en los últimos 6 años.

    Si te refieres a dos experiencias profesionales distintas y de la de la excedencia te has ido por baja voluntaria, no tendrías derecho a paro porque deberías haber trabajado en la 2º empresa un mínimo de 3 meses.

    En caso de no haber cotizado el tiempo suficiente, tampoco tendrías derecho a paro.

    Al ser un caso tan específico, lo más apropiado es acercarte a la oficina del Inem que te corresponda y realizar la consulta.

    Espero haberte ayudado.

    Un saludo,
    Xen

  5. #5 • joan escribió el 20.08.2009 diciendo:
     

    Hola gracias, por la información que has colgado.
    Hay una pregunta que me gustaria saber si conoces.
    En el caso que yo dejara la empresa.
    cuantos dias tengo que trabajar en otra empresa para que esta me tramite el paro?

    se que antes trabajando un dia en una ett te hacia alta y baja y ya podias ir a pedir el paro, pero me han comentado que ahora hay que cumplir un periodo de 15 dias laborales?

    Muchas gracias de antemano.

  6. #6 • Xen escribió el 21.08.2009 diciendo:
     

    Hola Joan,

    Ahora tendrían que ser mínimo 3 meses y la finalización de este 2º contrato debería ser por despido o finalización de contrato.

    Un saludo!

  7. #7 • ayadi escribió el 04.11.2009 diciendo:
     

    ola estoy cobrando el paro llevo un mes cobrando.pero me he dado de alta en un regimen agrario y me di de baja el mismo dia . quero saber k hago para darme de baja que es lo que tengo k hacer o rellenar para seguir en el paro

  8. #8 • Xen escribió el 07.11.2009 diciendo:
     

    Acércate a tu oficina del Inem o llama al 901 11 99 99 y te indicarán los pasos a seguir en tu caso

  9. #9 • Susana escribió el 10.01.2010 diciendo:
     

    Hola, tengo un pequeño problema y es que mi situación en mi empresa en insostenible porque comienza a afectar a mi salud y no me van a ayudar de ninguna manera, con lo cual la única solución que tengo es dejar voluntariamente mi puesto de trabajo que tengo un contrato indefinido desde hace un año y cambiar de residencia. Puesto que para cobrar el paro necesito trabajar tres meses como mínimo, me he planteado la opción de trabajar como autónomo..pero sino me saliese bien y lo dejase ¿cobraría el paro? el del trabajado como autónomo o la suma del tiempo de los dos?? es decir los años por cuenta ajena y el tiempo de autónomo..

    Un saludo!!

  10. #10 • Xen escribió el 11.01.2010 diciendo:
     

    Hola Susana,

    Comentarte que ahora por ahora, los autónomos no tienen derecho a paro.

    Si te das de baja del régimen de autónomos puedes volver al régimen general, pero sigues teniendo que trabajar 3 meses después de una baja voluntaria para cobrar el paro.

    Creo que la mejor opción es buscar un nuevo trabajo y poner de tu parte todo lo necesario para superar los 3 primeros meses. O habla con tu empresa y mira de pactar algún tipo de salida de la compañía que sea conveniente para ambos.

    Siento que estés pasando por una situación dificil. Confío que salldrás de ella.

    Mucha suerte!

    Un saludo.

  11. #11 • david escribió el 25.01.2010 diciendo:
     

    Hola mi empresa a presentado un ere y nos manda al paro yo llevo 3 meses y tenia un paro viejo con 14 dias pero tengo cotizado un año pero me dicen que como en el ultimo año ya habia cobrado paro tengo que cojer el de 14 dias y volver a estar en situacion de desempleo osea trabajar en algun sitio y despues volver a echar el paro pero al no se baja voluntaria no se si tengo que estar trabajando 3 meses.
    un saludo y gracias

  12. #12 • Xen escribió el 25.01.2010 diciendo:
     

    Hola David,

    Si no me equivoco, en tu caso no haría falta tener un contrato de 3 meses. Pero, como siempre, te recomiendo que te acerques a tu oficina del Inem o que llames por teléfono para estar seguro del todo.

    Mucha suerte!
    Xen

  13. #13 • david escribió el 29.01.2010 diciendo:
     

    muchisimas gracias por tu respuesta antes de contactar contigo llame por telefono al numero que te dan alli y me dijo la muchacha que esa informacion no me la podia dar le insisti y le pregunte quien entonces me lo podia decir y me contesto que no sabia pero que desde luego el inem no asi que ya ves muchas gracias

  14. #14 • JOSE escribió el 05.03.2010 diciendo:
     

    BUENAS HE ESTADO EN UNA EMPRESA TRABAJANDO UN AÑO Y YA SE ME HA ACABADO EL CONTRATO Y ME GUSTARIA SABER SI TENGO DERECHO A PARO O NO Y QUE CNATIDAD MAS O MENOS TENGO DERECHO Y CUANTO MESES.

  15. #15 • Xen escribió el 05.03.2010 diciendo:
     

    José,

    Sí tienes derecho a paro y para saber el importe deberás ir a tu oficina del inem porque deben calcularlo en base a lo que hayas cotizado.

    El tiempo que te corresponde lo puesdes calcular con la tabla de duración del artículo.

    Un saludo.

  16. #16 • Berto escribió el 14.05.2010 diciendo:
     

    Muy buenas,ante todo felicitarte por tu articulo. Mi pregunta es la siguiente: Tego alrededor de 13 años cotizados de los que 5 son de autonomos, Me di de baja hace unos 8 meses de los autonomos y actualmente llevo 6 meses trabajando por cuenta ajena. Crees que si me despidiesen tendria derecho a prestacion, ya que nunca en mi vida lo solicite??? Saludos.

  17. #17 • sara escribió el 19.05.2010 diciendo:
     

    HOLA

    Mi situacion es la siguiente:

    * Estoy cobrando paro desde septiembre del 2009 y mi ultima fecha de pago termina el 10 de diciembre. Lo que pasa es que la primera vez (como nunca habia cogido el paro) se me olvido fichar, esto fue en la renovacion de diciembre de 2009. Fui a fichar y me dijeron que me quitarian un mes por penalizacion, que me mandarian una carta y que luego fuera con ella otra vez al paro, hasta ahi todo claro.
    A dia de hoy no me han mandado nada, pero mi antigua compañera de trabajo que le paso lo mismo le han mandado una carta diciendole que se lo quitaran el ultimo mes.

    * Resulta que yo tengo otro trabajo a media jornada los fines de semana (lo que me llevo a no cobrar la totalidad de lo que realmente me perteneceria) pero bueno eso es otra historia. Ahora mismo estoy embarazada, y me tocaria dar a luz el 7 de noviembre de este año.
    Mi pregunta seria:

    — Si estoy trabajando en otro sitio, a parte de la baja de mi actual trabajo a jornada parcial, podria congelar el paro y pedir la baja maternal?

    — Y, si se supone que me van a quitar el ultimo mes por el tema de la penalizacion, mi ultimo mes realmente de paro seria el dia 10 de noviembre que es la ultima vez que cobraria. Entonces si doy a luz el 7 o antes, puedo pedir la baja maternal en caso de que pueda pedirla?

    MUCHISIMAS GRACIAS, ES QUE COMO ES UN CASO COMPLICADO NO SE A QUIEN CONSULTAR, YA QUE ME DA APURO IR A EL INEM PARA PREGUNTAR ESTO.

    MILES DE GRACIAS Y UN SALUDO.

  18. #18 • Xen escribió el 19.05.2010 diciendo:
     

    Berto,

    Sí tienes derecho a paro, si te despiden y has cotizado por desempleo en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. En base a lo que hayas cotizado, tendrás una u otra duración de la percepción.

    En esta tabla tienes los datos:
    https://www.aulua.com/aulua_images/tabla_cotizacion.gif

    Un Saludo.

  19. #19 • Xen escribió el 19.05.2010 diciendo:
     

    Sara,

    En lo que concierne a la penalización por no haber fichado, no sé como funciona, pero si te dijeron que te mandarían una carta y que te quitarían un mes, imagino que así lo harán… Aunque no es que sean muy rápidos con estos trámites. Imagino que si se te acaba el pago en noviembre y deben restarte un mes, ese no lo cobrarás.

    Una vez finalizado, puedes solicitar el subsidio por desempleo: https://www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/contenidos/infoPresta.do?pagina=ag00c.html

    Respecto al otro tema que me consultas, decirte que si estás en situación de maternidad mientras estás cobrando el paro o el subsidio, eso no altera ni el pago ni la cuantía a percibir, aunque te exime de tener que renovar la demanda de empleo, de acudir a cursos o a ofertas de trabajo. Sí deberás hacer llegar en la oficina del INEM el informe de la Seguridad Social (https://www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/contenidos/infoPresta.do?pagina=ag00b05c.html).

    Dudo que puedas congelar el paro… Podrías preguntarlo sin informarles de tu trabajo de fin de semana (imagino que cobras en negro y que no debes estar dada de alta en la Seguridad Social).

    Un saludo.

  20. #20 • Sergio escribió el 31.05.2010 diciendo:
     

    Hola, primero darte las gracias de antemano. Mi situación es la siguiente:
    Del 1/3/2005 al 30/4/2005 trabajé en una S.L. como trabajaor, me ofrecieron entrar en la sociedad como socio autónomo. Entré y he estado de autónomo hasta ahora.
    Ahora quiero dejar la sociedad y ponerme por mi cuenta. (la sociedad cesaría de actividad).
    Que tengo que hacer para poder cobrar el paro y pedir el pago único?.
    Cuánto tiempo he de cotizar en régimen general?.
    A ver si me puedes ayudar.
    Un saludo y gracias.

  21. #21 • carla escribió el 08.07.2010 diciendo:
     

    Buenos dias muchas gracias por la informacion, mi caso es :
    Yo tengo dos trabajos 1 de 20 horas y el segundo de 37.5 horas y me esta afectando la salud tener los dos trabajos:
    en la empresa de 37.5 hora el año 2008 que recien inicie ( con 20 horas) y el año 2009 y 2010 con las 37.5 horas) pero quiero salirme y me gustaria saber cuanto tiempo me tocaria el paro.. y un porcentaje aproximado? no tengo hijos y soy soltera.. Quiero irme en Octubre de este año.
    Tiempos :
    2008 12 meses con 20 horas
    2009 12 meses con 37.5 horas
    2010 9 meses con 37.5 horas.

    muchas gracias y sldos,

  22. #22 • carla escribió el 08.07.2010 diciendo:
     

    Hola soy Carla del comentario de arriba me olvide de decir que solo me quiero quedar con el trabajo de 20 horas.. y quiero saber si puedo cobrar paro por el segundo con los tiempos que he colocado:

    Tiempos :
    2008 12 meses con 20 horas
    2009 12 meses con 37.5 horas
    2010 9 meses con 37.5 horas

    Me corresponde paro si sigo trabajando 20 horas? y cuanto es lo que recibiria un porcentaje de mi sueldo y por cuanto tiempo?

  23. #23 • David Ocaña Cordoba escribió el 17.08.2010 diciendo:
     

    hola, buenas noches. El pasado 29 de junio tendria que haber ido a fichar en el paro, pero yo creia que era el 29 de julio y fiche dicho dia. Estoy cobrando la ayuda familiar y tengo 2 hijos (426 euros). Este mes no me han pagado(nomina correspondiente al mes de julio). saben si cobrare el mes que viene o tengo que volver a tramitar la (ayuda), porque me han dicho que la sancion en estos casos es de un mes sin cobrar, pero he ido ya 2 veces a la oficina del inem y me dicen que me espere a que me llege alguna carta comunicandome la sancion pero el que esta en la mesa es nuevo en el inem y no sabe darme respuesta. (por increible que paresca)(ofic.San javier, MURCIA). ATENTAMENTE os doy las gracias por adelantado. David Ocaña

  24. #24 • Xen escribió el 19.08.2010 diciendo:
     

    Hola David,

    La notificación te acabará por llegar. Es cierto que te penalizan el pago de un mes pero que luego te devuelven la ayuda. Así era hace unos años y no creo que haya cambiado.

    Eso sí, si te vuelve a pasar, no sé si pasa lo mismo o si puedes perderla.

    Que sepas que ahora se puede fichar desde Internet.

    Un saludo

  25. #25 • carla escribió el 09.09.2010 diciendo:
     

    Hola xen me podrias ayudar y ver mi caso..

    Hola soy Carla del comentario de arriba me olvide de decir que solo me quiero quedar con el trabajo de 20 horas.. y quiero saber si puedo cobrar paro por el segundo con los tiempos que he colocado:

    Tiempos :
    2008 12 meses con 20 horas
    2009 12 meses con 37.5 horas
    2010 9 meses con 37.5 horas

    Me corresponde paro si sigo trabajando 20 horas? y cuanto es lo que recibiria un porcentaje de mi sueldo y por cuanto tiempo?
    Muchas gracias por la ayuda!!

  26. #26 • raquel escribió el 10.09.2010 diciendo:
     

    hola que tal,quisiera hacer una pregunta a ver si me contestais rapido porque estoy amargada.os cuento yo deje un trabajo con una baja voluntaria despues de una mes encontre un trabojo en un empresa de construccion de auxiliar de administrativa con un contrato de 9 dias,me finalizo el contrato y me dieron los papeles para el paro. mi pregunta es tengo derecho a paro.es aclaro tengo cotizados5 años en la enterior empresa. gracias.

  27. #27 • Xen escribió el 11.09.2010 diciendo:
     

    Hola,

    CARLA lo mejor es que hagas directamente la consulta en el INEM ya que creo no te corresponde paro en tu situación, pero no estoy muy segura. No me gustaría equivocame.

    RAQUEL si tu último trabajo es inferior a 3 meses y en el anterior causaste baja voluntaria, no puedes tramitar el paro. Esta condición de los 3 meses de trabajo después de una baja voluntaria lo pusieron para evitar el fraude. Se daban muchos casos de gente que dejaba un trabajo y después eran contratados unos días por un familiar o amigo para después cobrar el paro.

    De todos modos, lo mejor es siempre que llaméis directamente a la oficina que os corresponda del INEM y lo consultéis.

    Un saludo.

  28. #28 • Majo escribió el 24.09.2010 diciendo:
     

    Hola, quisiera saber si me pueden sacar del curso q estoy haciendo por no haber fichado el dia q me tocaba, q era viernes y el curso empezó el lunes siguiente con el mismo horario q tienen en la oficina de desempleo, también decir q no tengo internet en casa por lo cual me es un poco difícil fichar desde mi domicilio.

    Gracias de antemano.

  29. #29 • Leandro escribió el 05.10.2010 diciendo:
     

    Hola te hago una consulta y la voy hacer lo mas franca posible para que me digas a que sancion estoy expuesto, yo trabaje el verano en España y tengo derecho al subsidio por desempleo porque aporto 186 dias y mi contrato termina porque se termina la fecha del mismo (lo cumplo) viajo a Argentina a visitar a mi familia (25 dias) y antes de que se termine mi tiempo de 15 dias habiles regreso y hago el tramite del subsidio (ocupo mis vacaciones y parte de los 15 dias habiles, regreso a tiempo de hacer el tramite) Hasta ahi todo va muy bien, el tema es que en el pueblo en el q vivo en españa no pasa nada hasta mayo del 2011 y yo me voy a buscar curro a otro pais que esta afuera de la Union Europea, pero mienstra tanto que se deposite me dinerito en la cuenta me viene genial ¿Como controla la Inem que yo me voy al extranjero? Tengo doble nacionalidad, por lo tanto pienso viajar con el pasaporte argentino ¿Es verdad que ahora se controla? ¿A que sancion estoy sujeto? ¿Que pasa si el Inem descubre que no estoy en españa? ¿Como lo puede descubrir? La verdad que necesito trabajar pero mienstras tanto.., se de muchos españoles y extranjeros recidentes en españa que cobraban ayuda y subsidios en españa y trabajaban en andorra, eso no esta permitido pero ¿como lo controlan? Y cual es la multua o sancion ¿2 mil euros y la devolucion de lo recibido?

    Gracias, espero repuesta y a lo mejor no te gusta mi pregunta pero hay que ingeniarselas para sobrevivir!!!!!

  30. #30 • Xen escribió el 06.10.2010 diciendo:
     

    Hola

    MAJO: en caso te sancionaranel pago de un mes pero creo que eso no afecta a la realizaión del curso.

    Como siempre indico, lo más apropiado es que te dirijas to oficina del Inme a realizar la consulta.

    LEANDRO: No sé qué importe puede tener una sanción en tu caso. Pero sí puedo decirte lo que indica en la propia web del Inem (www.redtrabaja.es). Transcribo literal:

    Pregunta:
    ¿Me extinguen la prestación si me voy a trabajar o a hacer un curso en el extranjero?

    Respuesta:
    Su derecho a la prestación o subsidio por desempleo quedará suspendido en los supuestos de traslado al extranjero para la búsqueda o realización de trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional por un período continuado inferior a doce meses. Si la duración del período de traslado fuese mayor o las razones distintas a las anteriores, el derecho se extinguiría. Por tanto en este caso, el traslado al extranjero para realizar un curso de formación suspenderá la prestación si se trata de perfeccionamiento profesional y su duración es inferior a doce meses continuados. El traslado para recibir otro tipo de formación o la de perfeccionamiento profesional con duración de doce o más meses, extinguirá la prestación.

    Referencia normativa: Art. 6.3 del Real Decreto 625/85, de 2 de abril, en la redacción dada por el Real Decreto 200/2006, de 17 de febrero.

    Un saludo,
    Xen

  31. #31 • Xen escribió el 06.10.2010 diciendo:
     

    Hola a tods los comentaristas presentes y futuros,

    Os aconsejo el apartado de “preguntas frecuentes”, dentro de “información” de la web redtrabaja.es: https://www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/indicePreguntas/jsp/JSP_REDT_index.jsp?indice=1

    Podréis encontrar respuesta a muchas de vuestras consultas.

    Espero que os sea de utilidad.

    Un saludo,
    Xènia

  32. #32 • christian escribió el 07.10.2010 diciendo:
     

    si tengo el nie en tramite me dan el paro igual x mas q mi tarjeta este vencida pero en tramite

  33. #33 • paco escribió el 16.11.2010 diciendo:
     

    hola xen,muxas gracias de antemano…pues mi duda es la siguiente llevo 8 años de autonomo y antes de ello estube 7 meses cobrando el paro de los 24 qe tenia y aun me qedaron 17 si no me equivoco y aora estoy planteandome dejarlo pero queria saber si aun puedo disponer de esos 17 meses o por el contrario ya los e perdido..gracias otra vez y un saludo

  34. #34 • Xen escribió el 17.11.2010 diciendo:
     

    Paco,

    Creo que no puedes, pero no encuentro información para corfirmarlo con contundencia. Te recomiento que llames al 901 11 99 99 para informarte.

  35. #35 • amparo escribió el 03.12.2010 diciendo:
     

    hola me an mandado la carta de extincion de subsidio por decempleo desde el 21/06/2010 y que tengo que devolver las cantidades percibidas indevidamente desde el21/06/2010 hasta el 30/10/2010 por no comunicarla salida claro que no lo comunique por que no sabia y por ello yo cometi el error de decirles que viaje por asuntos familiares y me dijeron que llebace el pasaporte y se lo lleve por que no sabia lo que pasaria es que no puedo creer que pierda el paro de los 2 años ya que yo nunca estuve en el paro que puedo hacer buscar un trabajo por un mes y cobrar el paro completo de los 2 años opedir el dinero junto acojiendome al retorno boluntario pero en que me afectaria ya que tengo la doble nacionalidad

  36. #36 • amparo escribió el 03.12.2010 diciendo:
     

    otra cosa o puedo pedir la ayuda familiar no se que hacer me ciento desesperada ya que es lo unico que recibia mi esposo no trabaja mas de tres años y tengo que pagar una ipoteca de 980 euros yla luz el agua el gas tengo doscrios que estan estudiando yo nunca e pedido ayuda alguna al gobierno es la primera vez grasias por todo

  37. #37 • Hector escribió el 26.12.2010 diciendo:
     

    Para ampliar información sobre como tramitar el Paro on line, sellar el paro, solicitar la tarjeta de demanda de empleo o asesorarte sobre a que tipo de subsidio tienes derecho, llamame y te informare ahorrandote Largas colas en tu oficina y tener que volver en varias ocasiones.
    También te asesoro personalizadamente sobre como y donde buscar empleo.

    Tlf: 629286828

  38. #38 • xavi escribió el 11.01.2011 diciendo:
     

    Hola, resulta que tenía que fichar en la INEM el pasado 27/12/2010, pero se me olvidó por completo.Días mas tarde me acerqué a mi oficina de la INEM para tramitar unos papeles y me vino como un tiro y pregunté por el tema. El chico me dijo que a dia de hoy (11/01/2010) no habia ninguna tramitación de suspensión y yo cobre Enero como habitualmente, me dió otro día para fichar y que no hiciera ningun movimiento. Mi pregunta es; ¿hasta cuando estas en “peligro” de poder ser sancionado? y si es así, que por lo que veo te quitan un mes, ¿éste mes, te lo devuelven o te lo quitan definitivamente?
    Gracias por adelantado.

  39. #39 • xavi escribió el 16.01.2011 diciendo:
     

    hola????

  40. #40 • paqui escribió el 01.02.2011 diciendo:
     

    Hola, tengo un gran problema, a mi me aprobaron el subsidio de desempleo y al cabo de un año, al renovarlo, me dicen que no me pertenecía y que tengo que devolver todo lo persibido durante el año. Mi situación economica no cambio,sino que dicen que se equivocaron ellos al no contar las pagas extras de mi marido. no se qeu debo hacer

  41. #41 • piroseta escribió el 10.02.2011 diciendo:
     

    hola quisiera saber como se computa esto del paro. mi empresa va a oroducir un ere y nos vamos tres meses cada turno ,yo quisiera saber no el dinero que te oca , sino el tiempo que voy a estar ,vamos a ver si yo falto un dia me descuentan 1,25 en el paro como se hace ,como se saca la cuenta de tres meses si me voy el 9 de febrero cuando debo volver

  42. #42 • sonia escribió el 15.02.2011 diciendo:
     

    hola,quisiera saber si tengo que sellar la cartilla del paro, si mi situacion es. estoy cobrando el paro agrario el regimen antiguo. y desde hece un mes estoy trabajando en el campo,y cobrando el paro segun las peonadas q eche,tengo q sellar, o no, si no cuando y como,gracias.

  43. #43 • cris escribió el 10.03.2011 diciendo:
     

    Hola, tengo una duda. Te cuento mi sitación.
    El pasado mes de agoste crse baja voluntaria de n trabajo de 4 años por motivos familiares y cambio de domicilio en otra provincia. Me apunté en el inem en enero 2011. No encuentro trabajo desde entonces y se que tendría que tener un contrato de 3 meses para poder solicitar el paro.
    Tengo un familiar que me ha propuesto contratarme 4 meses y me indica que su gestor le ha dicho que no hay problema por tener el mismo apellido ya que ha pasado 6 meses desde mi baja voluntaria. En caso de que me haga un contrato de 3-4 meses de duración determinada y me despida posteriormente. podría solicitar el paro. ( tengo 10 años cotizados) Hay posibilidad de que me lo denieguen por ser fraude?
    Muchísimas gracias por la respuesta. Sois de gran ayuda!

  44. #44 • roberto escribió el 21.03.2011 diciendo:
     

    hola xen,kiero hacerte una pregunta.quuisiera saber si puedo hechar el paro al haber trabajado 7 dias en mi ultimo ttrabajo,no he tenido ninguma baja voluntaria todo a sido por terminacion de trabajo,termine de cobrar el paro el dia 24 de febrero de 2011,y tengo cotizado un año en este ultimo trabajo mi contrato ha sido de 7 dias, puedo hechar el paro por favor si puedes darme una contestacion me alegrarias bastante porque nadie es capaz de decirme nada,gracias

  45. #45 • manuel escribió el 11.04.2011 diciendo:
     

    Hola Xen

    Disculpa la molestia, tengo una curiosidad; y me gustaria, de ser posible; me la aclareses. Soy de nacionalidad ecuatoriana, y tengo a derecho a paro de 4 meses. mi pregunta es sobre el retorno voluntario, si aun se puede acudir, y de ser posible que tramites se tendría q realizar. y que tiempo demora el primer pago, una vez concluido el tramite. Por q tengo conocimiento de q aqui en españa es un 40% total y en mi pais un 60% en total. de antemano, quedo muy agradecido.

  46. #46 • FRAN escribió el 24.05.2011 diciendo:
     

    Hola………
    ME HECHARON DEL TRABAJO CON UN DESPIDO IMPROCEDENTE,LA EMPRESA ESTA DENUNCIADA Y HASTA DIA DE HOY ESTOY COBRANDO EL PARO,LLEVO 6 MESES,EL DIA 12 DE MAYO ME DIERON LA RESOLUCION DE EXTINCION DEL CONTRATO……….AHORA TENGO QUE REINICIAR EL PARO,Y TENGO QUE DEVOLVER LA TOTALIDAD DE LOS PAGOS DURANTE LOS 6 MESES..MI PREGUNTA ES?EN VEZ DE DEVOLVER LA CUANTIA ME LO PODRIAN RESTAR EN MESES DE COBRO,EN VEZ DE COBRAR 24 MESES QUE SEAN 18….

    ESPERO RESPUESTA CUANTO ANTES……… GRACIAS.

  47. #47 • Xen escribió el 25.05.2011 diciendo:
     

    Fran,

    Te copio aquí las respuestas que dan en redtrabaja.es que pueden servirte. Si con ello no tienes suficientes datos te remito a su teléfono de información: 901 119 999

    Pregunta:
    ¿Cuál es el procedimiento para solicitar el fraccionamiento del pago de un cobro indebido?
    Respuesta:

    Recibida la resolución sobre percepción indebida de prestaciones por desempleo, en la que se le comunica la cuantía exacta de la cantidad a devolver, podrá solicitar por escrito ante el Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo de 30 días a partir de la notificación, el pago fraccionado de la cantidad requerida. En la solicitud de fraccionamiento deberá justificar los importes mensuales a devolver por sus circunstancias socio-laborales, mediante exposición de su situación económica, circunstancias personales y económicas y la garantía para su devolución. Además puede exigirse aval bancario que deberá ser depositado en la caja general de depósitos por el importe del principal de la deuda y recargos e intereses a devengar.

    El número de plazos no podrá exceder, sin autorización del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, de sesenta mensualidades, y su cuantía no podrá ser inferior al 18% del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento. A la cantidad adeudada se le aplicará un recargo equivalente al precio oficial del dinero vigente en cada momento (hasta el 31 de diciembre de 2011, el 4%). Una vez resuelta la solicitud de fraccionamiento se le enviará una resolución en la que constará:

    – El importe integro del reintegro (principal).
    – El importe de los intereses.
    – El importe total a abonar.
    – El número de vencimientos y la fecha del primer vencimiento.
    – La cuantía mensual a abonar
    – La fecha en que se deberá hacer los pagos
    – La entidad bancaria y el número de cuenta donde hacer efectivo el pago.

    La falta de ingreso, a su vencimiento, de cualquiera de las cantidades fraccionadas, determinará la inmediata exigibilidad en vía de apremio, de la totalidad del crédito pendiente de ingreso, expidiendo la correspondiente certificación de descubierto. Si la solicitud de fraccionamiento se realizase con posterioridad a la finalización del plazo voluntario, la cantidad adeudada se incrementará con los recargos establecidos legalmente.

    Referencia normativa: Arts. 20 y 27.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio y normas de desarrollo. Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal.

    Pregunta:
    No puedo devolver el cobro indebido. ¿Qué me pasará?
    Respuesta:

    Si usted no puede devolver el cobro indebido por la importancia de la cuantía, en el plazo de 30 días desde la recepción de la resolución, tiene la posibilidad de solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda. Su concesión conllevará el correspondiente devengo del interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En el supuesto de no realizarse el reintegro y fuese con posterioridad beneficiario de prestaciones por desempleo, se procederá a realizar su compensación con la prestación, independientemente de que se le haya concedido el aplazamiento o fraccionamiento.

    Transcurridos los 30 días sin que se haya producido el reintegro, siempre que no se haya iniciado la compensación por ser nuevamente beneficiario de prestaciones o se haya solicitado el aplazamiento o fraccionamiento, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se inicia la vía de apremio, ésta tiene un recargo del 20% sobre el importe del cobro indebido. Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizasen con posterioridad a la finalización del plazo voluntario, la cuantía adeudada se incrementará con los recargos establecidos legalmente.

    Referencia normativa: Art.27.2 y 227 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio. Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada por la Ley 2/2004, de 20 de diciembre. Art. 34 y 35 del R.D. 625/85, de 2 de abril, que desarrolla la Ley de Protección por Desempleo.

  48. #48 • marta escribió el 26.05.2011 diciendo:
     

    Estuve trabajando 4 años en una empresa,lo deje para irme a otra con un contrato por obra,allí estuve un año trabajando me mendaron a la calle con la promesa de contratarme otra vez pasado un mes con lo que no me apunte al paro. Me volvieron a contratar y llevo un año y 4 meses mi pregunta es en caso de que me hecharan definitivamente cuanto tiempo de paro tendría?

  49. #49 • Xen escribió el 26.05.2011 diciendo:
     

    Marta,

    En el artículo tienes el resumen de equivalencias entre tiempo trabajado y tiempo de paro correspondiente. En general, son 4 meses de paro por año trabajado.

  50. #50 • mary escribió el 30.05.2011 diciendo:
     

    hola buenos dias…mi pregunta es: me voy apuntar al paro ahora cuando me haga la empresa los papeles,pero yo me voy a ir a vivir al pais vasco..con esto kiero decir que cuando arregle todos los papeles me ire alli un tiempo y por supuesto buscar trabajo por alli ya k mi idea es irme alli a vivir..¿tengo que decir en el inem,k me voy fuera un tiempo a buscar trabajo? lo digo pork e leido mas arriba algo de que te tienen k dar la autorizacion el inem,crees k me dara la aurorizacion?..no creo k digan nada no? de todas maneras no me voy a ir definitivo hasta k no encuentre trabajo alli…gracias un saludo

  51. #51 • anta escribió el 02.06.2011 diciendo:
     

    ¡Me han concedido el paro por Internet! Ahora bien, tengo que cobrarlo en el banco por recibos, no se porque, pero mi pregunta es ¿que tengo que presentar en el banco? ¿solo el dni?
    GRACIAS

  52. #52 • Xen escribió el 02.06.2011 diciendo:
     

    Anta, consúltalo en tu banco. En el teléfono que información que tengan deberán poder informarte de ello.

  53. #53 • antonio escribió el 06.06.2011 diciendo:
     

    hola xen gracias de antemano. acabo de recibir una carta del ministerio de trabajo en la que me comunican la percepcion indebida de la prestacion por desempleo,esto ocurrio en octubre de 2008, mi pregunta es si me lo pueden exigir pasado este tiempo. y cuales serian los pasos a seguir para poder recurrir. si debiese pagarlo que es mejor esperarme a la resolucion o pagarlo ahora.

  54. #54 • María José escribió el 09.07.2011 diciendo:
     

    Hola a todos y gracias de antemano, tengo unas dudas, a ver si alguien me puede ayudar -ya que en la oficina no me ha servido de mucho…
    Mi situación: parada desde el 23 de junio, estando de baja, es decir voy a la mutua a entregar los partes, pero quiero ir a vivir a Holanda -ya que mi pareja es de allí y aquí no encuentra trabajo, entonces.., si
    a.- tenemos 15 días de vacaciones anuales (incluye fines de semana?)
    b.- para exportar 3 meses de paro piden como mínimo estar 4 semanas “en paro”, las semanas que esté de baja, entran en dicho cómputo???
    c.- se puede pedir prórroga de 3 meses más dándose unas características, como estar dentro de una selección laboral, ser cooperante -esto no lo tengo muy claro-, y si quiero hacer un curso oficial de holandés, también podría justificar la prórroga con dicho curso o no es posible???
    d.- si tengo que estar el 1 de septiembre en Holanda, puedo solicitar las vacaciones a primeros de agosto para disfrutarlas la última quincena de agosto y ya poder quedarme allí -el curso empieza a primeros de septiembre, pero previamente tengo que hacer millones de papeleos…
    Bueno, seguro que se me olvida alguna pregunta…, pero si alguien me puede ayudar…, gracias a todos y mucha suerte…

  55. #55 • miguel escribió el 27.07.2011 diciendo:
     

    me di de alta en el paro el dia 7 y me dieron hora para presentar la documentacion del paro el 19 el mes q viene cobraria
    GRACIAS

  56. #56 • Raul escribió el 12.08.2011 diciendo:
     

    Amigos , un saludo desde Canarias , tengo una duda y quisiera asesorarme , llevo 2 años como autónomo , y la cosa va muy mal , quiero darme de baja de autónomo y pasarme a régimen , general con un contrato de 6 meses , cuando termino ese contrato de régimen general , pregunto , puedo seguir, cobrando el paro que tenia anteriormente cuando cotizaba en régimen general o lo e perdido me faltaba cobrar un año y me pase a autónomo , queda ese paro guardado , pregunto , y gracias

  57. #57 • juan escribió el 16.08.2011 diciendo:
     

    hola,tengo una duda y quisiera asesorarme,termine de trabajar a finales de mayo y no presente los papeles para cobrar 4 meses que tengo porque tenia que empezar un trabajo y a final no me lo dieron y me pasado mas de 2 meses de haber presentado los papeles para cobrar el paro ,tendre que cotizar para cobra los 4 meses que tengo y cuantos dias tengo que cotizar para cobrar,gracias y un saludo

  58. #58 • loli escribió el 17.08.2011 diciendo:
     

    hola tengo una duda se me acabado el paro el dia 4 de agosto de cuanto tiempo dispongo para areglarme el subsidio gracias por favor que alguin mediga algo porque unos me dicen que un mes tengo que esperarme y otros me dicen 15 dias y estoy hecha un lio gracias

  59. #59 • cesar escribió el 22.08.2011 diciendo:
     

    hola,habier si algien me ayuda en mi duda,el dia 31 de agosto seme termina el contrato de 3 meses,antes habia estado de autonomo durante 11 meses,pero tengo almenos 5 años trabajados en los ultimos 6.mi primera pregunta es si tengo derecho a paro? y dicen que hay que presentar los ultimos 6 ingresos o nominas o algo asin,pero yo nomina en los ultimos meses solo tengo 3,ya que lo anterior era de auntonomo y nose si el autonomo me cotiza y tengo que presentar algo de eso,o tengo que retroceder a el ultimo trabajo por cuenta ajena antes de que me hiciese autonomo(es decir las ultimas tres nominas de este ultimo trabajo y las ultimas tres nominas de mi anterior trabajo antes de ser autonomo)que por cierto mis ultimos trabajo por cuenta ajena han sido con la misma empresa,espero no cran que es un fraude o algo asin.. espero haberme explicado mas o menos bien..gracias por todo

  60. #60 • Carlos escribió el 08.09.2011 diciendo:
     

    Buenas, a ver si alguien puede ayudarme a resolver mis dudas. Estuve cobrando entre nov 2009 a agosto 2010, el paro que tenia acumulado ya que no encontré nada estable. En octubre 2010 me di de alta como autónomo ya que monté u negocio propio para ver si sacábamos cabeza pero no funcionó y me di de baja en noviembre de 2011 como autónomo. Actualmente estoy trabajando con un contrato temporal de junio a octubre y ya me han dicho que no me van a renovar. Podéis aclararme si el año que estuve como autónomo cuenta como cotizado, si puedo tener opción a desempleo o a algún tipo de ayuda ( 400€? ) . Muchas gracias de antemano!

  61. #61 • Pili escribió el 05.10.2011 diciendo:
     

    Hola, tengo un problema, haber si me puedes ayudar.. Te cuento, ahora mismo tengo un contrato de 40 horas y el dia 17 de octubre me cumple, me dijeron que me despedirian y me liquidarian todo y me haran un contrato igual, pero me reducen la jornada a 30 horas. Mi pregunta es: ¿si luego me despiden, para cobrar el paro, me pagaran menos que si me voy ahora con el de 40 horas? Muchas gracias de antemano!
    Un saludo

  62. #62 • isabel escribió el 09.10.2011 diciendo:
     

    HOLA ME GUSTARIA SABER QUE DIA DEL MES CIERRAN EN EL INEM LAS NOMINAS,CUAL ES EL ULTIMO DIA DEL MES PARA PODER PRESENTAR EL PARO Y COBRARLO AL MES SIGUIENTE MUCHOS DICEN EL 10 CREO QUE EL DIEZ NO EL DIEZ ES CUANDO SE COBRA Y QUE SE TIENE 15 DIAS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD CONTANDO SOLO LOS DIAS ABILES .TAMBIEN ESCUCHE QUE ES DEL 20 AL 25 EL CIERRE PERO TENGO DUDAS POR FAVOR ALGUIEN QUE LO SEPA A FECHA ACTUAL 2011¿DIA DEL MES PARA ENVIAR LOS PAPELES DEL PARO Y COBRARLO AL MES SIGUIENTE EL DIA 10 GRACIAS

  63. #63 • JENNIFER escribió el 12.10.2011 diciendo:
     

    Hola nose si me lo podreis resolver…Llevo trabajando varios años y nunca he disfrutado del paro.Pero este año Trabaje en una empresa y cause baja voluntaria, encontre otro trabajo pero fui fin de contrato al de 3 meses y medio.Me pertenece paro porque en el ultimo trabajo despues de la baja voluntaria he trbajado un minimo de tres meses, ¿PERO CUANTO TIEMPO DE PARO ME PERTENECE?¿CONTARIA UN AÑO TRABAJADO AUNQUE EN EL ANTERIOR ALLA SIDO BAJA VOLUNTARIA?¿Y SALARIO TAMBIEN SE CALCULARIA DE LOS ULTIMOS 6 MESES?

    Agradeceria muchisimo vuestra ayuda.

  64. #64 • MARGARET escribió el 19.10.2011 diciendo:
     

    Tengo una duda:
    Llevo desde diciembre de 2010 en demanda de empleo en el INEM; por lo tanto no tengo derecho a prestaciones. El caso es que este abril trabajé un mes y medio como autónoma , me dí de alta en hacienda y autónomos, pague mi IVA y demás impuestos…, pero no me dí de baja mi demanda de empleo ni así que en el INEM sigue constando que llevo desde diciembre en el paro, pueden penalizarme por ello?, yo creo que no porque al no tener derecho a prestaciones no he sacado ningun beneficio de ello. Podrían informarme?, muchas gracias

  65. #65 • MARGARET escribió el 19.10.2011 diciendo:
     

    Es decír, puedo ser autonomo y demandante de empleo a la vez si no cobro prestaciones?. Gracias y disculpe las molestias

  66. #66 • MARGARET escribió el 19.10.2011 diciendo:
     

    Es decír, ¿puedo ser autonomo y demandante de empleo a la vez si no cobro prestaciones?. Gracias y disculper las molestias

  67. #67 • sandra escribió el 19.10.2011 diciendo:
     

    Buenos dias, me gustaria saver si para tramitar el paro tienes de plazo 15 dias laborables, o 15 dias contando fines de semana?
    Es porque mis vacaciones retribuidas no disfrutadas finalizaron el dia 9.10.2011. Hasta que dia puedo tramitar el paro?
    Gracias por todo

  68. #68 • daniel escribió el 31.10.2011 diciendo:
     

    Hola, tengu alguna duda sobre el subsidio, os cuento, tengo todas las prestaciones agotadas desde el año pasado.. este año he trabajado 6 meses, y me han pagado el finiquito.. lo que pasa es que he ido 3 meses despues de no tener trabajo a la oficina del inem.. ?julio terminé y octubre me presenté al inem)y no se si por ese fallo ya no me dan nada de subsidio o si hay una excepción..tengo 23 años vivo en casa de mis padres .. y estoy empadronado en casa de mi tia que tiene dos hijos que no tabajan y solo trabaja mi tio.. lo que tampoco se si los de la oficina miran las cuentas bancarias de mi casa o desde donde estoy empadronado.. me podrias contestar a esas 2 preguntas.. espero no haberos liado. gracias

  69. #69 • Angela escribió el 15.11.2011 diciendo:
     

    Bueans, Estoy cobrando el subsidio pero me quiero cambiar de numero de cta bancaria, ya que mi banco me sangra mensualmente, tengo que pasarme por la oficina de desempleo y obvien hay alguna manera a traves de internet?
    De antmemano les doy las gracias por su ayuda
    Nb.:No encontre respuesta en el portal de la of. de desempl.

  70. #70 • lorenzo escribió el 16.11.2011 diciendo:
     

    Angela has cobrado el subsidio en 10 de noviembre ? Pregunto porque yo he cobrado

  71. #71 • lorenzo escribió el 16.11.2011 diciendo:
     

    perdon queria decir que NO he cobrado y estoy preocupado

  72. #72 • Elvira escribió el 19.11.2011 diciendo:
     

    Hola ,queria saber si cobrando la ayuda familiar de 426 euros que empezare a cobrar en diciembre me han dado 18 meses por tener una hija ,queria saber si puedo pedir todo el dinero para montar un negocio o no es posible porque solo se hace con el paro?Gracias

  73. #73 • Sergio escribió el 21.11.2011 diciendo:
     

    llevo trabajando desde los 17 años en una empresa que ha cambiado 3o 4 veces de nombre, tambien me han contratado varias veces, la cuestion es que ahora con 34 años me he quedado en el paro y resulta que a excepcion de los ultimos 120 dias en regimen asalriado los 6 años anteriores he sido autonomo, con anterioridad estube apunto de cobrar el paro en uno de estos despidos porque excepto estos 6 años el resto siempre he estado en regimen asalariado cotizando a la seguridad social, he escuchado que cabe la opcion de solicitar el paro por el periodo anterior ya que por el actual no tengo derecho a nad, es cierto esto?? se puede hacer??? agradeceria que me informaran rapido ya que la situacion es bastante agonica.gracias

  74. #74 • SARA escribió el 29.11.2011 diciendo:
     

    ¡Buenas!quería haceros dos consultas respecto al subsidio por desempleo para mayores de 52 años.Mi madre en el 2009 estaba inscrita y cumplía los requisitos coincidió con que se la paso la fecha de renovar la cartilla y que no estaba informada de esto,no supo que podía cobrar esa ayuda hasta hace poco,mi primera pregunta es :seria posible recuperar el atraso económico?,y la segunda es:si te vence el plazo de 15 días de presentar la solicitud,¿te deniéngan el subsidio?.Gracias por adelantado.

  75. #75 • nadia escribió el 16.12.2011 diciendo:
     

    hola,llevo un año sin trabajar y quiero apuntarme al paro,que papeles necesito.antes he trabajado como autonomo para una empresa y porsupuesto soy estranjera.

  76. #76 • JOSE escribió el 17.01.2012 diciendo:
     

    BUENAS TENGO APLAZADO 12 MESES DE UN TRABAJO QUE TUVE ANTERIORMENTE AHORA ESTOY TRABAJANDO DESDE EL 11 DE ABRIL DEL 2011 Y SE ME ACABA EL CONTRATO EL 11 DE ABRIL DE ESTE AÑO 2012 MI PREGUNTA ES;¿COBRARE EL PARO QUE TENGO APLAZADO O ME OBLIGARAN A COBRAR LOS 4 MESES QUE ME CORRESPONDE POR ESTE AÑO QUE ESTOY TRABAJANDO ME DAN A ELEGIR O ME OBLIGAN A COJER EL ULTIMO? MUCHAS GRACIAS.

  77. #77 • raquel escribió el 18.01.2012 diciendo:
     

    Hola .
    Mi pregunta es la siguiente a finales de febrero se me acaba el contrato de trabajo ,trabajo a 20 horas semanales por tener 2 hijas y no poder hacer mas horas cobro 368 euros mensuales.
    Estoy pensando en montar un negocio y quisiera saber lo que me corresponderia para poder capitalizar el paro , llevo 4 años y medio trabajando a media jornada gracias.

  78. #78 • victor escribió el 21.01.2012 diciendo:
     

    hola buenas mi pregunta es la siguiente.Yo me quede en paro y estube 17 meses luego trabaje un año y me quede otra vez en paro,entonces continue el paro con los 7 meses que me quedaban,ahora se me acaba y quiero saber ¿cuanto tiempo tengo que trabajar para poder cobrar los 4 meses que acumule en el ultimo año de trabajo? gracias

  79. #79 • Pastor escribió el 27.01.2012 diciendo:
     

    Hola mi caso es este, estoy en el paro me fui para q me sellen y me han dicho q no me pueden sellar sin la solicitud de la renovación, es q la renovación la he hecho por Correos y esa no me sirve. Que hago??? Me quitan el paro de 4 meses q tengo ???? Gracias

  80. #80 • belen escribió el 13.02.2012 diciendo:
     

    Hola buenas espero que alguien pueda ayudarme con una duda,mi marido a trabajado un año en el extranjero concretamente con una empresa en guinea ecuatorial,he terminado el contrato.mi pregunta es si puede echar el paro encuanto llegue?

  81. #81 • Pablo escribió el 01.03.2012 diciendo:
     

    hola trabaje en una empresa muchos años tengo derecho a para pero me votaron por mala conducta y estoy en la demanda ya que en el primer juicio salio a favor de ellos ….. como hago para cobrar el paro cuanto tiempo minimo nesecito cotizar para cobrar es paro que tengo retenido

  82. #82 • brigi escribió el 05.03.2012 diciendo:
     

    Hola,acabo de empezar hoy mismo en el paro y necesito saber una cuestión.Estoy apuntada al paro en mi ciudad de origen y me quiero ir a vivir a otra provincia lo antes posible para buscar trabajo alli,¿tengo que pedir permiso en la oficina que estoy apuntada o puedo ir a la que me corresponda en la ciudad nueva donde voy a vivir?Muchas gracias.

  83. #83 • ROSA escribió el 29.10.2012 diciendo:
     

    COMO AGO EL DESEMPLEO MALDITA SEA

  84. #84 • jose escribió el 04.03.2013 diciendo:
     

    hola buenas tardes,haber si me podrian informar,yo me he ido de la enpresa,es baja voluntaria,tengo dias cotizados atrasados,para poder cobrar el paro,cuantos dias debo cotizar en otra empresa.gracias

  85. #85 • Isidro escribió el 08.11.2013 diciendo:
     

    Hola, estoy cobrando el paro en Madrid, pero me gustaría saber si puedo empadronarme en Tenerife y seguir cobrando el paro en Madrid. Debo ir durante 6 meses tres veces al mes a Tenerife porque mi madre está muy enferma y debo acompañarla a las sesiones de quimioterapia y claro los billetes me salen muy caros.

    Lo agradecería mucho.

  86. #86 • María escribió el 03.12.2013 diciendo:
     

    Buenas noches! Tengo una duda. Por equivocación me he dado de alta de autónoma, he pedido un préstamo y he trabajado en mi negocio desde septiembre. En noviembre quiero pedir el pago único y en el mismo inem me recomiendan que me de de baja en autonomo y lo solicite. Hoy he solicitado el paro y luego solicitare el pago único. Me pregunta es, cuando me pidan los justificantes de los gastos y figuré el préstamo en septiembre me desaprobarán el pago único?. Si ello es así, porque el mismo inem me recomendó esto y me dijo que era factible de hacer(darme de baja de autonoma y luego pedir el pago unico) Mil gracias por su tiempo!!!, espero ansiosa una respuesta. Un saludo! Y gracias!!

  87. #87 • marta archiles escribió el 27.12.2013 diciendo:
     

    hola acabo de darme cuenta de que se me a olvidado sellar el paro desde el dia 19 y era el ultimo mes que tenia que cobrar y no se que sancion tendre que pagar si alguien me pudiera guiar gracias

  88. #88 • carmen-michaela escribió el 12.05.2014 diciendo:
     

    hola . soy extranjera y llevo mas de 10 anos en espana, por motivos de salud me quiero echar el paro .puedo echar el paro con 35 peonadas? y que papeles me hace falta?

  89. #89 • Míriam escribió el 26.06.2014 diciendo:
     

    Hola, actualmente estoy de baja en Ávila por maternidad y seguidamente tengo que seguir de baja por enfermedad, en la provincia de Madrid a salido un curso para desempleados o si trabajas hay que pedir en el paro la cartilla poniendo que es como mejora de empleo pero esto es en la comunidad de Madrid por lo que me dicen que tengo que apuntarme al paro en Madrid y solicitar ahi la mejora de empleo. Mi pregunta es… si me apunto al paro en otra provincia tendria algun problema para cobrar mi baja en Ávila?

  90. #90 • alesandry escribió el 27.06.2014 diciendo:
     

    hola tengo una duda. estoy cobrando el paro q me corresponde 22 meses, pero me eh inscrito en una ETT por 3 días, esto como afecta a mi prestación? y quiero saber también q si es necesario ir al INEM a comunicar mi alta en en la ETT. de antemano saludos y gracias

  91. #91 • sandra escribió el 03.10.2014 diciendo:
     

    hola buenas noches en estos momentos estoy cobrando el paro se me acaba en noviembre.
    He visto que se puede tramitar el subsidio una vez se acabe y pase un mes,por tener hijos.
    Se puede hacer por internet el tramite? y como se hace ? graciass

  92. #92 • ดูวีดีโอฟรี escribió el 08.08.2017 diciendo:
     

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  93. #93 • Tamara Vidal romero escribió el 09.08.2018 diciendo:
     

    Hola tengo una duda si hwche el desempleo el dia 8 de este mes lo.cobrare el dia 10 esque solo tengo que cobrar 13 dias y lo termino

  94. #94 • Belen Montes Ruiz escribió el 06.03.2019 diciendo:
     

    Si me an aprobado el paro del día 25 lo cobro el día diez del siguiente mes
    Respuesta x favor

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